La Dirección Provincial de Rentas informó que desde el 7 de marzo se habilitó el servicio web para solicitar el reintegro del beneficio extraordinario acordado por el Decreto 210-HF-2024, para aquellos contribuyentes que hayan efectuado el pago de inmobiliario anual anticipado 2024 entre el 2 y el 18 de enero.
Quienes cumplan estas condiciones deben ingresar al sitio web www.rentasjujuy.gob.ar, hacer click en el botón “DEVOLUCIÓN INMOBILIARIO – Dto.210/24” y completar los datos necesarios para instrumentar la solicitud de devolución, hasta el 6 de mayo del corriente año.
Una vez generada la solicitud, el trámite será procesado y el monto determinado será acreditado posteriormente en la cuenta bancaria declarada por el usuario.
Producido el vencimiento del plazo para la realización del trámite web sin que se haya generado la solicitud de devolución, el monto correspondiente al beneficio extraordinario será computado como un crédito en la cuenta corriente del padrón para el periodo fiscal 2025.