La crisis habitacional se profundizó desde la pandemia en Argentina debido a la escasa oferta de propiedades en alquiler, los altos costos y las complicaciones que generó para inquilinos y dueños la actualización de los precios de acuerdo a la vieja normativa que regulaba al sector en el marco de un contexto de creciente inflación. Es por eso que, además, los acuerdos informales aumentaron.
Lo informó Carlos Vaca Petrelli, el titular del Colegio de Martilleros de Jujuy, indicando que debido a las regulaciones y a la inestabilidad del mercado en algunos casos las personas optan por establecer acuerdos por fuera de la ley.
“Algún propietario que disponga de un inmueble o que tiene que renovar hace un contrato, pero por ahí un contrato espurio, alejado de lo que dice la ley y por supuesto que no se puede sellar”, explicó en diálogo con Canal 7 de Jujuy. “Es un contrato que corre entre las partes, tanto de locador como locatario”, planteó.
Por otra parte, Vaca Petrelli indicó que en el caso de locaciones comerciales la situación es diferente. “La cosa es distinta, porque ahí va por el libre acuerdo de las partes, van llevando la discusión hasta que el fiel de la balanza queda quieto. Y ahí se ponen de acuerdo y cierran el contrato. El problema es con las viviendas”.
ESCASA OFERTA DE PROPIEDADES EN ALQUILER EN JUJUY
“Lamentablemente siguen en franca caída los alquileres, todo lo que se refiere a oferta de locación”, expuso el referente del Colegio de Martilleros en alusión al panorama actual.
“El propietario tiene un miedo bastante firme, porque ve un futuro incierto, las políticas públicas no se definen porque hay un encaprichamiento de parte dirigencial en cuanto a tratar de ofrecer un servicio efectivo. De qué sirve bajar la actualización en alquileres si eso hace que el propietario automáticamente retire de la oferta el inmueble”, señaló.
LA NUEVA LEY DE ALQUILERES
La nueva Ley de Alquileres comenzó a regir a mediados de octubre, con lo cual los contratos deberán ser de tres años de duración y las actualizaciones de los valores se realizarán en un plazo mínimo de seis meses, en base al denominado Coeficiente Casa Propia, utilizados desde hace dos años para los créditos enmarcados en el programa Procrear.
En base a lo dispuesto en la nueva ley, los contratos de alquiler seguirán teniendo una duración de tres años, deberán ser estipulados «en valor único en moneda nacional» y se podrán realizar «ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses».
«Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para los ejercicios fiscales 2023 y siguientes», asevera el artículo 12 de la nueva norma, promulgada ayer, con lo cual desde este miércoles están vigentes las nuevas disposiciones para los contratos de alquiler.
La reforma de la Ley 27.737 había sido aprobada la semana pasada por el Congreso y fue promulgada con la publicación del Decreto 533/2023 en el Boletín Oficial.
Los contratos que ya están firmados bajo la ley aprobada en 2020 -con plazo de vigencia de tres años y esquema de ajuste anual por ICL- seguirán su curso hasta la finalización de los 36 meses de duración y se ajustarán a la nueva ley al momento de la renovación.